BALNEARIOS IMSERSO

El Estado a través del Programa de Termalismo Social proporciona a los pensionistas, que por prescripción facultativa lo precisen tratamientos termales en balnearios.

Destinatarios/Requisitos

Pueden ser beneficiarios de una de las plazas del Programa de Termalismo Social los ciudadanos españoles y nacionales de otros países, que cumplen los siguientes requisitos:

  • Ser pensionista del Sistema de la Seguridad Social por los conceptos de jubilación y de invalidez, en todo caso, y por el concepto de viudedad o de otras pensiones, únicamente cuando el beneficiario haya cumplido los sesenta años de edad.
  • Igualmente, podrán ser beneficiarios de las plazas los españoles residentes en el exterior, siempre que perciban una pensión pública, tengan más de 60 años de edad y cumplan con el resto de requisitos.
  • No padecer trastornos mentales graves que puedan alterar la normal convivencia en los establecimientos, ni enfermedad infecto-contagiosa.
  • Poder valerse por sí mismo.
  • Precisar los tratamientos termales solicitados y carecer de contraindicación médica para la recepción de los mismos.
  • El solicitante podrá ir acompañado de su cónyuge o de la persona con quien conviva en relación de pareja, para la que no se exige la obligación de percibir pensión de la Seguridad Social.

Documentación

  • DNI de la persona solicitante y de su acompañante en su caso.
  • Impreso de solicitud.
  • Informe médico.

Tramitación

  • Si la pasada temporada Vd. solicitó plaza y reunía requisitos para participar en el programa, no es necesario que cumplimente una nueva solicitud, ya que el Imserso, le remitirá por correo un modelo simplificado para la renovación de su solicitud.
  • Si, por el contrario, desea acceder por primera vez al Programa o vuelve a solicitarlo tras no haberlo efectuado en el año 2015, deberá formalizar una nueva solicitud junto con su declaración sobre el estado de salud para lo que, puede dirigirse a los servicios sociales de su ayuntamiento.
  • La adjudicación de plazas se efectúa de acuerdo con la puntuación obtenida por los expedientes, teniendo en cuenta los balnearios y turnos solicitados. La resolución adoptada se notifica por escrito a todos los solicitantes.

Impreso

Ver en el tablón de Info relacionada toda la documetación necesaria para realizar el trámite.

Plazos

Las solicitudes de participación en el programa de termalismo para 2023 deberán ser presentadas, conforme a los dos plazos establecidos.

  1. Para participar en el proceso de adjudicación de plaza:
    • 1.º Para los turnos de los meses de febrero a agosto, ambos inclusive: hasta el día 9 de enero de 2023.
    • 2.º Para los turnos de los meses de septiembre a diciembre: hasta el día 15 de mayo de 2023.
  2. Para su inclusión en la Lista de Espera de plazas, para cubrir las plazas que vayan quedando vacantes por renuncias u otras circunstancias:
    • 1.º Para los turnos de los meses de febrero a agosto, ambos inclusive: hasta el día 14 de mayo de 2023.
    • 2.º Para los turnos de los meses de septiembre a diciembre: hasta el día 15 de noviembre de 2023.

Sin perjuicio de que las personas solicitantes puedan formular su solicitud en los plazos y términos establecidos anteriormente, con la finalidad de simplificar trámites, se remitirán comunicaciones singulares a todas las personas solicitantes que, reuniendo los requisitos de la convocatoria del año anterior, sus expedientes estén completos.

Órgano gestor

IMSERSO

Observaciones/Información adicional

Servicios ofrecidos por el Programa
Dentro del Programa de Termalismo Social se incluyen los siguientes servicios:

  • Alojamiento y manutención en régimen de pensión completa y en habitaciones dobles de uso compartido.
  • Tratamientos termales básicos, que comprenderán :
    • El reconocimiento médico al ingresar en el balneario.
    • El tratamiento termal básico que, en cada caso, prescriba el médico del balneario.
    • El seguimiento médico del tratamiento, con informe final.
  • Póliza colectiva de seguro turístico.

En todo caso, los beneficiarios de los turnos realizarán los desplazamientos a las estaciones termales, así como el del regreso a sus domicilios, por sus propios medios.
Estancias y tratamientos.

  • Los turnos tendrán una duración de 12 días, comprendiendo 11 noches.
  • Los establecimientos hoteleros donde transcurrirá la estancia se encuentran, en la mayoría de las estaciones termales, en el mismo inmueble en donde se efectúa el tratamiento termal, y dispondrán, como mínimo, de los siguientes servicios : Habitaciones dobles con instalación de baño completo o ducha, agua caliente y calefacción, para los balnearios con turnos de primavera, otoño e invierno; comedor, sala de TV y salones sociales para la realización de actividades recreativas.
  • Los tratamientos termales que se prestan a través del Programa en cada una de las estaciones termales son los que relacionan al detallar los balnearios participantes.

Baremos

La participación en el Programa de Termalismo requiere una valoración previa de las solicitudes, de acuerdo con las siguientes variables:

  • Grado de necesidad de recibir los tratamientos termales.
  • Situación económica de los solicitantes.
  •  Edad de los solicitantes.
  • El que no haya disfrutado de plaza en los años anteriores
  • Si el solicitante es miembro de una familia numerosa.
  • Otras circunstancias.

Grado de necesidad de recibir los tratamientos termales solicitados

  • La puntuación que se ha estimado para esta variable es de 30 puntos, distribuidos de acuerdo con los siguientes criterios:
  • Se valora el grado de necesidad del tratamiento termal, así como si se precisa uno o dos de los tratamientos ofrecidos, en base a un certificado médico aportado por el solicitante.
    1. En el supuesto de precisar un único tratamiento termal, se distinguiría entre afecciones reumatológicas y respiratorias (hasta un máximo de 20 puntos) y entre otros tipos de afecciones contempladas en el Programa (máximo de 10 puntos).
    2. En el supuesto de precisar dos tipos de tratamiento termal, uno, que sería el principal (reumatológico o respiratorio, hasta un máximo de 20 puntos) y el resto de tratamientos (hasta un máximo de 10) y, otro, que sería considerado como tratamiento secundario (hasta 5 puntos).
  • En caso de matrimonio, se valora separadamente y la puntuación final será la mayor de las obtenidas.

Situación económica

  • Se valoran los ingresos mensuales del solicitante y, en su caso de su cónyuge. En este caso se sumarán los dos ingresos y se dividirán por 1,33.
  • La puntuación máxima será de 50 puntos y se hará de acuerdo con unos tramos de ingresos estipulados.

Edad

  • Se valora la edad del solicitante, obteniendo un punto por cada año que tenga más de 60 (la referencia es 3l de diciembre del año anterior al Programa). El tope máximo será de 10 puntos. En caso de matrimonio se calculará la media aritmética.
  • No haber disfrutado de plaza en el Programa en años anteriores
  • Para obtener plaza se valora haberla solicitado o no en los dos años anteriores y no haber disfrutado del Programa en el último o penúltimo año. La puntuación máxima será de 24 puntos.

Ser miembro de una familia numerosa

  • Se valorará si el solicitante es miembro de una familia numerosa y su categoría. La puntuación máxima de esta variable será de 24 puntos.

Otras circunstancias

  • Se valorarán otras circunstancias excepcionales del solicitante no tomadas en consideración en los otros apartados del baremo. La puntuación máxima de esta variable será de 10 puntos.
  • Si, una vez valoradas todas las solicitudes, existen algunas con igual puntuación, se estará a la fecha de nacimiento del solicitante. En el caso de que dos solicitantes deseen acudir juntos, se valorarán, en principio, por separado y después se hallará la media aritmética de sus puntuaciones.
  • Cuando se produzca una doble solicitud para la segunda fase del Programa, no se aplicará el Baremo y quedará en Lista de Espera. Para establecer el orden de prelación de estos expedientes se considerará exclusivamente la variable «grado de necesidad de recibir el tratamiento termal».

Más información

901 109 899, en horario de lunes a viernes de 9.00 horas a 21.00 horas y los sábados de 9.00 horas a 14.00 horas.

También pueden realizar sus consultas y/o solicitar información dirigiendose a los servicios sociales municipales y/o a la Mancomunidad

  • Algorfa
    Tel.966 78 30 48
  • Jacarilla
    Tel. 966 77 21 48
  • Redován
    Tel.966 75 56 39
  • San Miguel de Salinas
    Tel.966 72 31 15
  • MLV Mancomunidad la Vega
    Tel. 966 75 56 39
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