Obtener la tarjeta que acredite la condición de persona con discapacidad según lo contemplado en la Orden 3/2010, de 26 de marzo, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se crea la tarjeta acreditativa de la condición de persona con discapacidad.

Destinatarios/Requisitos

Serán beneficiarias de la tarjeta acreditativa de la condición de persona con discapacidad, las personas residentes en los municipios de la Comunitat Valenciana, que se encuentren en una de las siguientes situaciones:

a) Tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 % por parte de los centros de valoración y orientación de la discapacidad de la Comunitat Valenciana u órganos correspondientes de las comunidades autónomas, en caso de traslado de expediente y de residencia.

b) Tener reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social.

c) Tener reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad por parte del ministerio competente en materia de hacienda y administraciones públicas.

Documentación

  • Se presentará el impreso de solicitud (SOLICITUD DE LA TARJETA ACREDITATIVA DE LA CONDICIÓN DE PERSONA CON DISCAPACIDAD) en el modelo normalizado.
  • Será necesario aportar original y fotocopia o copia compulsada de los siguientes documentos (si no autoriza su consulta) :1.- Documento nacional de identidad y, en su caso, de quien le represente legalmente o del/a guardado/ar de hecho2.- Certificado o volante de empadronamiento de la persona solicitante3.- Resolución de incapacidad permanente emitida por el INSS o resolución de jubilación o retiro por incapacidad para el servicio o inutilidad emitida por el Ministerio de Hacienda o de Defensa

Tramitación

Presentación de la solicitud y documentación requerida en los Servicios Sociales de su municipio de residencia.

Impreso

Instancia dirigida a la Dirección Territorial de Bienestar Social

Plazos

Durante todo el año.

Órgano gestor

Consellería Justicia y Bienestar Social

Información complementaria

VIGENCIA

  • La vigencia de la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad estará sujeta a la vigencia de la resolución por la que se reconoce el grado de discapacidad o, en su caso, la resolución de reconocimiento de la pensión de incapacidad permanente en el régimen de la Seguridad Social y de jubilación o de retiro por incapacidad permanente en el régimen de clases pasivas.

UTILIZACIÓN DE LA TARJETA

  • La tarjeta es personal e intransferible, y deberá presentarse junto con el DNI.

CANCELACIÓN

  • La Conselleria competente en materia de discapacidad procederá a la cancelación de la tarjeta en el caso de fallecimiento de la persona con discapacidad.

REEXPEDICIÓN

  • La modificación de las circunstancias personales del usuario de la persona o del grado de discapacidad, su pérdida, extravío o robo, obligará a la administración competente para su expedición a emitir una nueva en la que figuren los datos actualizados.
  • Cuando la reexpedición sea como consecuencia de la modificación de las circunstancias personales del usuario de la persona o del grado de discapacidad, este vendrá obligado a entregar la antigua tarjeta a la administración competente.
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