La pensión no contributiva de invalidez asegura a todos los ciudadanos en situación de invalidez y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una pensión contributiva.

Destinatarios/Requisitos

Pueden ser beneficiarios de la PNC de Invalidez los ciudadanos españoles y nacionales de otros países, con residencia legal en España que cumplen los siguientes:

  • Carecer de ingresos suficientes: Existe carencia cuando las rentas o ingresos de que se disponga, no supere la cuantía fijada para cada año.
  • Edad: Tener dieciocho o más años y menos de sesenta y cinco.
  • Residencia: Residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de cinco años, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmeditamente anteriores a la fecha de la solicitud.
  • Grado de discapacidad igual o superior a 65 %.

Documentación

  • Fotocopia del DNI, o NIE, o pasaporte actualizado del solicitante y del resto de miembros de la unidad económica de convivencia (indicando parentesco); en caso de menores de edad, fotocopia del libro de familia.
  • Certificado de empadronamiento expedido por el Ayuntamiento, en el que se haga constar que el solicitante reside en España 5 años, de los cuales 2 deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
  • Resolución del grado de discapacidad igual o superior al 65% y en caso de incapacitación judicial, sentencia y aceptación del cargo de tutor o representante legal.
  • Certificado de empadronamiento familiar, expedido por su Ayuntamiento en el que consten las personas con quien conviva la persona solicitante.
  • En el caso de solteros, acreditar el certificado literal de nacimiento.
  • Sentencia y convenio regulador en caso de separación o divorcio.
  • Datos bancarios mediante documento que acredite que el solicitante es titular o cotitular de la cuenta aportada. En caso de Incapacitación judicial tanto la persona incapacitada como su tutor o representante deben ser titulares.
  • Excepcionalmente y en función de sus circunstancias personales y familiares, deberá presentar otra documentación como: nóminas de los miembros de su unidad de convivencia, recibos de pensión compensatoria, certificado de pensiones extranjeras, recibos de viviendas arrendadas…

Tramitación

Presentación de la solicitud y documentación requerida en los Servicios Sociales de su municipio de residencia.

Plazos

Durante todo el año.

Órgano gestor

Conselleria de Bienestar Social.

Observaciones/Información adicional

Pueden consultar requisitos,  baremos y cuantías para el año en curso en el siguiente enlace:
Trámite PROP. https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=22580 y/o ver anexo informativo convocatoria anual.

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