Ayudas emergencia social 2024

Son ayudas económicas de carácter finalista y extraordinario destinadas a paliar aquellas situaciones en que puedan hallarse las personas afectadas por un estado de necesidad. Van dirigidas a la unidad de convivencia.

Se considerará situaciones de emergencia aquéllas que originan gastos extraordinarios para cubrir necesidades específicas de carácter básico y urgente, tales como:

  • Gastos imprescindibles para el uso de la vivienda habitual.
  • Gastos excepcionales en los que concurran circunstancias de grave o urgente necesidad social y que se considere de interés para la atención de personas con importante problemática.
  • Gastos destinados a cubrir necesidades básicas familiares.
  • Desplazamientos siempre que se justifique la necesidad de transporte para recibir un tratamiento médico urgente o para la realización de acciones que mejores la ocupabilidad de las personas desempleadas.

Algorfa

Ayudas emergencia social 2024Ayudas económicas Algorfa:

  • Solicitud: solicita tu cita en Servicios Sociales
  • Presencialmente o llamando al teléfono indicado
  • Tlf.: 966 783 048
  • Fin de Plazo: 31 de octubre 2024 y/o hasta agotar crédito disponible.

Jacarilla

Ayudas emergencia social 2024

Ayudas económicas Jacarilla:

  • Solicitud: solicita tu cita en Servicios Sociales
  • Presencialmente o llamando al teléfono indicado
  • Tlf.: 966 772 148
  • Fin de Plazo: 31 de octubre 2024 y/o hasta agotar crédito disponible.

Redován

Ayudas emergencia social 2024Ayudas económicas Redován:

  • Solicitud: solicita tu cita en Servicios Sociales
  • Presencialmente o llamando al teléfono indicado
  • Tlf.: 966 755 639
  • Fin de Plazo: 31 de octubre 2024 y/o hasta agotar crédito disponible.

San Miguel de Salinas

Ayudas emergencia social 2024Ayudas económicas San Miguel:

  • Solicitud: solicita tu cita en Servicios Sociales
  • Presencialmente o llamando al teléfono indicado
  • Tlf.: 966 723 115
  • Fin de Plazo: 31 de octubre 2024 y/o hasta agotar crédito disponible.

Destinatarios/Requisitos

Personas individuales o núcleos familiares que se encuentren en situación de necesidad y cumplan los siguientes requisitos:

  • Que el beneficiario no disponga de ingresos suficientes para afrontar los gastos derivados de la situación de emergencia.
  • Que la renta per cápita de la unidad familiar a la que pertenece el solicitante no supere la cuantía anual del 100% del IPREM vigente (12 pagas). En relación a este aspecto, hay que tener en cuenta lo siguiente:

Se considerarán ingresos familiares la totalidad de los ingresos brutos procedentes de todos y cada uno de los miembros de la unidad familiar. A tales efectos, se contabilizarán todos los ingresos provenientes de sueldos, rentas, propiedades, intereses bancarios y pensiones o ayudas otorgadas por instituciones públicas o privadas a cualquiera
de los miembros de la unidad familiar.

La renta per cápita se obtendrá de dividir los ingresos familiares entre el número de miembros de la unidad familiar.

A los efectos de la presente orden, se considerará unidad familiar la integrada por las personas que convivan en el domicilio familiar, extremo que se acreditará mediante certificado de convivencia expedido por el ayuntamiento correspondiente.

  • Que disponga del informe técnico en el que se determine la necesidad de la acción objeto de la ayuda.

Documentación

Toda aquella documentación requerida por el técnico que tramita la ayuda y que sea necesaria para una adecuada valoración social:

  • Solicitud según modelo oficial.
  • Fotocopia compulsada del NIF del solicitante.
  • Certificado de convivencia emitido por el Ayuntamiento de residencia.
  • Fotocopia compulsada de la última declaración de la renta o en su defecto, certificado negativo de declaración, referida a los ingresos de la unidad familiar. En caso de certificado negativo se aportará certificado acreditativo de la pensión recibida por el solicitante o autorización expresa a la Mancomunidad la Vega para acceder a los datos personales obrantes en los ficheros de la Administración Tributaria.
  •   Modelo de domiciliación bancaria debidamente cumplimentado.

Tramitación

Se presentará en el departamento de Servicios Sociales de su municipio dentro del plazo estipulado.

Plazos

  • El plazo de presentación de solicitudes comprenderá desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el DOCV hasta el 31 de octubre del año en curso.
  • No obstante, con carácter extraordinario, podrán admitirse y tramitarse aquellas solicitudes de ayudas presentadas con posterioridad a esa fecha y antes del 31 de diciembre de dicho año, siempre que se acredite documentalmente la aparición de la necesidad fuera del plazo normal de presentación de solicitudes.

Órgano gestor

Ayuntamiento de tu localidad / Mancomunidad La Vega.

Observaciones/Información adicional

Cuantía de las ayudas

Los módulos económicos máximos por los que se rigen estas prestaciones son los siguientes:

    1. Uso vivienda habitual: límite máximo del 70% del IMPREM vigente en cómputo mensual.

    2. Acciones extraordinarias: límite máximo del 60% del IMPREM vigente en cómputo mensual.

    3. Necesidades básicas: límite máximo del 70% del IMPREM vigente en cómputo mensual.

    4. Desplazamientos: límite máximo del 50% del IMPREM vigente en cómputo mensual.

 

 En cualquier caso, la determinación del módulo económico concreto que corresponda dentro de los límites máximos señalados, se efectuará según la necesidad valorada y las disponibilidades presupuestarias para atender este tipo de ayudas.

Para ver información actualizada de la convocatoria anual, plazo, requisitos, baremos,… Ver enlace en Info. relacionada

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