La inscripción en el Padrón supone el reconocimiento de la condición de vecino en el municipio. Los datos del Padrón constituyen prueba de la residencia en el municipio y del domicilio habitual en dicho municipio. La inscripción de los extranjeros en el padrón municipal no constituirá prueba de su residencia legal en España.

Destinatarios/Requisitos

  • Cualquier persona que llegue por primera vez al municipio y tenga intención de residir en el.
  • Residir en el municipio de manera continuada.

Documentación

1.- Vivienda en propiedad

  • Original y fotocopia de documento identificativo, DNI, NIE, pasaporte.
  • En el caso de menores aportar original y copia del libro de familia o cualquier documento legal que lo sustituya traducido.
  • Original y fotocopia de documento que acredite la titularidad de la vivienda, recibos de agua, contribución, escritura….

2.- Vivienda alquilada o cedida.

  • Original y fotocopia de documento identificativo, DNI, NIE, pasaporte.
  • En el caso de menores aportar original y copia del libro de familia o cualquier documento legal que lo sustituya traducido.
  • Original y fotocopia de contrato de alquiler o en caso de vivienda cedida, autorización firmada por el propietario de la vivienda (rellenar modelo oficial facilitado en el Ayuntamiento). Anexo
  • Original y fotocopia de documento que acredite la titularidad  de la vivienda de la persona que alquila o cede la vivienda, recibos de agua, contribución, escritura….

Tramitación

Presentación de la solicitud y documentación requerida en los Servicios Sociales de su municipio de residencia.

Impreso

Presentación de documentación requerida en el Registro de Padrón del Ayuntamiento.

Plazos

Durante todo el año.

Órgano gestor

Ayuntamiento.

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