SE AMPLIA LA VIGENCIA HASTA EL 14 DE MARZO DE 2021 de resoluciones y certificados de reconocimiento de GRADO DE DISCAPACIDAD por la imposibilidad de renovarlos debido al #COVID19.

La tarjeta acreditativa de la condición de persona con discapacidad se utiliza para acreditar dicho reconocimiento.
La presentación de la tarjeta, junto con el DNI, ante las Administraciones Públicas de la Comunitat Valenciana surtirá los mismos efectos que la resolución por la que se reconoce el grado de discapacidad.

Destinatarios/Requisitos

Las personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, sus representantes legales o  guardadores de hecho.

  • Residir en un municipio de la Comunitat Valenciana.
  • Tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, con anterioridad a la entrada en vigor de la Orden 3/2010, de 26 de marzo, en el DOCV nº 6247, de 16/04/10.

Documentación

  • Impreso de solicitud. Ver Info. relacionada.
  • Fotocopia del DNI del interesado/a.

Tramitación

Presentación de la solicitud y documentación requerida en los Servicios Sociales de su municipio de residencia.

Impreso

Instancia dirigida a la Dirección Territorial de Bienestar Social

Plazos

Durante todo el año.

Órgano gestor

Consellería Justicia y Bienestar Social

Información complementaria

  • REEXPEDICION
    • La modificación de las circunstancias personales del usuario o del grado de discapacidad, su pérdida, extravío o robo, obligará a la administración competente para su expedición a emitir una nueva en la que figuren los datos actualizados.
    • Cuando la reexpedición sea como consecuencia de la modificación de las circunstancias personales del usuario o del grado de discapacidad, éste vendrá obligado a entregar la antigua tarjeta a la administración competente.
  • CANCELACIÓN DE LA TARJETA
    • La Conselleria competente en materia de discapacidad procederá a la cancelación de la tarjeta en el caso de fallecimiento de la persona con discapacidad, o en el supuesto de que se le reconozca, por resolución judicial o administrativa, un grado inferior al 33 por 100.
  • UTILIZACIÓN DE LA TARJETA
    • La tarjeta es personal e intransferible, y deberá presentarse junto con el DNI cada vez que se utilice un servicio o recurso del Sistema Valenciano de Servicios Sociales y podrá incorporar otros servicios o prestaciones electrónicas.
  • VIGENCIA
    • La vigencia de la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad estará sujeta a la vigencia de la resolución por la que se reconoce el grado de discapacidad.
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